Procedimiento, canales y plazos para interposición, seguimiento y solución de reclamaciones
Puedes hacerlo a través de los canales que el Banco pone a tu disposición, tales como: a) llamadas al Centro de contacto (809)-243-5000; b) a través del Internet Banking Personal y Empresarial; c) Vía Sucursal en el área de Servicios.

Una vez ingreses a tu sección de internet banking, dirígete a la opción “Solicitudes y Reclamaciones”; elige la opción reclamaciones en el cuadro que te aparece y llena los datos que te solicita (solo aplica para cuentas y Tarjetas de Crédito). Al finalizar, pulsa la opción de enviar, ¡y listo!

El cliente podrá llamar al (809)-243-5000, para servicios personales marca 1, para servicios empresariales marca 2, para asistencia de un ejecutivo marca 0, luego la cédula, luego el código de acceso, luego será asistido por un ejecutivo que le atenderá, debiendo el usuario tener a la mano su tarjeta de claves.
Por este canal podrás realizar tus reclamaciones de cualquier producto o servicio contratado en el banco: préstamos, tarjetas de crédito, cuentas, depósitos a plazo, seguros, entre otros.


Los clientes pueden presentar sus reclamaciones ante las Entidades de Intermediación Financiera: a más tardar 4 años a partir del momento en que se produce el hecho que genera la reclamación o de que el usuario tome conocimiento del mismo.
Las Entidades de Intermediación Financiera deben responder las reclamaciones presentadas por los clientes en un plazo de 30 días calendario a partir de la recepción de la reclamación; prorrogables por 45 días en casos complejos (cuando el resultado de la investigación requiera informaciones o evidencias que deban ser suministradas por un tercero).
Los clientes presentan sus reclamaciones ante la Superintendencia de Bancos: dentro de los 60 días calendario a partir de la fecha en que debió haber sido respondida por la Entidad de Intermediación Financiera o de su notificación.
Las Entidades de Intermediación Financiera deben responder a la Superintendencia de Bancos las reclamaciones, quejas, denuncias o solicitudes de información crediticia: dentro de los 15 días calendario a partir de la fecha de recepción de la actuación; prorrogables por 5 días calendario a requerimiento motivado de las Entidades de Intermediación Financiera; sin perjuicio de la facultad de disminución del plazo cuando el caso revista de urgencia.
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